2. Corresponderá al Secretario velar por la derecho formal y material de las actuaciones del órgano colegiado, certificar las actuaciones del mismo y certificar que los procedimientos y reglas de constitución y prohijamiento de acuerdos son respetadas. No constituye impedimento para que pueda delegarse la competencia para resolver un https://israeltiudm.blogdosaga.com/35704697/fascinación-acerca-de-montaje-de-stands-en-madrid-ifema