Fuera de los casos previstos en los dos párrafos anteriores, no se hará a los interesados en las acciones civiles o penales notificación alguna que prolongue o detenga el curso de la causa, lo cual no obsta para que el Secretario legal procure instruir de aquel derecho al ofendido distraído. http://crcel70358.blog5.net/25189077/detenido-fundamentos-explicaci-n